top of page

A B C del Derecho de Petición en Colombia

  • Foto del escritor: abogadagutierrezi
    abogadagutierrezi
  • 2 may 2020
  • 2 Min. de lectura

Todos alguna vez hemos hecho uso de esta herramienta legal o le hemos sugerido a alguien hacerlo; no obstante, si bien es cierto se trata de un mecanismo simple y efectivo para obtener información y/o presentar una solicitud, debemos tener en cuenta aspectos sencillos de su presentación, de modo que cumpla con su función satisfactoriamente.

ree

¿Qué es un derecho de petición y qué normas regulan su actividad?


Derecho de petición es el mecanismo legal mediante el cual cualquier persona, sin importar si es menor de edad, puede dirigirse a las autoridades con el fin de elevar peticiones respetuosas, solicitar información y/o presentar una solicitud, ya sea de carácter particular o para suplir intereses generales.


En nuestro país, el derecho de petición se encuentra consagrado en el articulo 23 de la Constitución Política Nacional y es regulado puntualmente por la ley 1755 de 2015. Lo vemos aparecer también en el articulo 5 del Código de Procedimiento Administrativo y en innumerable jurisprudencia de la Corte Constitucional, consagrándose como un derecho fundamental de todo ciudadano.


Aspectos Básicos del Derecho de Petición


1. Puede ser presentado por cualquier persona, sin importar si es menor de edad.

2. No es necesario contar con un abogado para elevar un derecho de petición.

3. Un derecho de petición puede dirigirse a cualquier entidad del estado y en ocasiones también aplica a algunas instituciones o empresas privadas e incluso particulares en los casos previstos por la ley.

4. El artículo 14 de la ley 1755 de 2015 señala que la entidad, autoridad o institución a la cual se dirige el derecho de petición tiene un plazo de 15 días siguientes a su recepción para responder. Solo en algunos casos señalados por la ley, el plazo es distinto.

5. Un derecho de petición puede ser escrito o verbal, la ley no contempla ritualidades para su presentación.

6. La finalidad del derecho de petición es obtener pronta resolución, completa y de fondo sobre el mismo.


¿Qué debe contener un derecho de petición?


1. A quien se dirige la petición.

2. Nombre completo y numero de identificación del peticionario.

3. Hechos en que se fundamenta la petición.

4. Lo que se pretende, expresado con claridad.

5. Relación de las pruebas o documentos que se adjuntaran al derecho de petición.

6. Fundamentos de derecho (opcional).

7. Dirección física y/o electrónica a la que deberán remitir la respuesta.

8. Firma del peticionario.






 
 
 

Comentarios


bottom of page