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Subsidio para el pago de nomina: Conozca como acceder a este beneficio en medio de la pandemia.

  • Foto del escritor: abogadagutierrezi
    abogadagutierrezi
  • 20 may 2020
  • 3 Min. de lectura

La crisis económica y social generada por la llegada del Covid-19 a Colombia es, por lo menos, la punta de un iceberg que amenaza con hundir el barco. El Gobierno Nacional ha implementados ciertas medidas y alivios económicos dirigidos a las pequeñas, medianas y grandes empresas del país.


El subsidio a las nominas es una de las ayudas anunciadas pero, ¿en qué consiste y como se puede acceder a ella?.

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¿En que consiste el subsidio a la nomina anunciado por el Gobierno Nacional?


En el marco de la emergencia generada por el Covid-19 y el aislamiento preventivo obligatorio decretado desde el pasado 24 de marzo de 2020, se dio vida jurídica a los Decretos 639 de 2020 y Decreto 677 de 2020, que crean y regulan el Programa de apoyo al empleo formal - PAEF.


El PAEF pretende, entre cosas, proteger el empleo de millones de trabajadores Colombianos y por ello, brinda los empleadores la posibilidad de solicitar un subsidio a la nomina correspondiente al cuarenta por ciento (40%) del valor del salario mínimo legal mensual vigente de cada uno de los empleados.


¿Quienes pueden acceder al subsidio de nomina?


Podrán ser beneficiarios del PAEF y por ende del subsidio de nomina, las personas jurídicas, personas naturales, consorcios y uniones temporales que cumplan con los requisitos allí contemplados.


Requisitos para obtener subsidio de nomina para empleados


1. Hayan sido constituidos antes del 1° de enero de 2020.

2. Cuente con una inscripción en el registro mercantil. En todo caso, esta inscripción deberá haber sido realizada o renovada por lo menos en el año 2019.

3. Demuestren la necesidad del aporte estatal, certificando una disminución del veinte por ciento (20%) o más en sus ingresos.

4. No hayan recibido el aporte de que trata el presente Decreto Legislativo en tres ocasiones.

5. No hayan estado obligadas a restituir el aporte estatal del Programa de apoyo al empleo formal- PAEF.


¿Cómo solicitar este beneficio?


Una vez verificado que se cumplen con los requisitos contenidos en los decretos ya mencionados, el interesado deberá presentar la siguiente documentación:

1. Solicitud firmada por el representante legal o por la persona natural empleadora, en la cual se manifieste la intención de ser beneficiario del Programa de apoyo al empleo formal - PAEF.

2. Certificación firmada por el representante legal o la persona natural empleadora y el revisor fiscal o contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal, en la que se certifique: A) La disminución de ingresos, en los términos del numeral 3 del artículo 2 de este Decreto Legislativo, B) Que los empleados sobre los cuales se recibirá el aporte efectivamente recibieron el salario correspondiente al mes inmediatamente anterior y C) Que sin perjuicio de lo establecido en el numeral anterior, se pagarán, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de los recursos, las obligaciones laborales adeudadas.


Estos documentos deben presentarse ante las entidades financieras y estas a su vez deberán verificar que los mismos se encuentran completos y comprobar la identidad y calidad de quien realiza la postulación al Programa.


¿Para quién NO aplica este beneficio?


No podrán acceder a este beneficio las personas naturales que:

1. Tengan menos de tres empleados reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020.

2. Sean Personas Expuestas Políticamente o sean cónyuges, compañeros permanentes o parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil de Personas Expuestas Políticamente.






 
 
 

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